El phishing es cada día más frecuente y seguirán aumentando los casos en los próximos meses y años. Son ya cientos de miles los afectados por esta práctica, que consiste en el envío de un correo electrónico o sms por parte de un ciberdelincuente, que simula ser una entidad de nuestra confianza (entidades bancarias, tiendas online, instituciones públicas…) con el objetivo de hacerse con los datos personales de los usuarios y utilizarlos para realizarle cargos económicos en sus tarjetas o cuentas bancarias.
Seguramente has recibido muchos de estos emails, llamadas o sms solicitándote datos bancarios y/o contraseñas. Cada vez es más complicado detectar estos intentos de estafa. En muchas ocasiones utilizan hasta el mismo teléfono que la entidad bancaria u organismo que suplantan. Si los has detectado estás de suerte, pero si has caído en la trampa, te encontrarás en la misma situación que nuestra clienta.
Por suerte, aunque la estafa no la realiza la entidad bancaria en cuestión, si es la responsables de proporcionar un sistema de pago y autenticación de usuarios seguro. Por ello, los tribunales están condenando a las entidades a devolver a los usuarios las cantidades que estos ciberdelincuentes les han sustraído de sus cuentas o tarjetas más los intereses de tales cantidades.
En este caso, se trata de la titular de una tarjeta de débito, que hizo una compra online y, automáticamente durante los 7 días posteriores, le realizaron diferentes cargos no autorizados en su tarjeta, provenientes de diferentes comercios y por diferentes importes.
Al darse cuenta de esto, avisó a su banco para bloquear su tarjeta (solo un día después a que se produjesen los primeros cargos). Pues bien, pese a la alerta a la entidad bancaría, los ciberdelincuentes siguieron realizando cargos a su tarjeta en los 6 días posteriores.
En la Sentencia del Tribunal de 1ª Instancia e Instrucción nº 8 de Avilés, se declaró probado que las operaciones fraudulentas se produjeron por el acceso de terceros a los datos de la clienta, así como a los códigos de autenticación enviados por sms a su número personal (phishing).
La entidad recurrió esta Sentencia, y de nuevo, la Audiencia Provincial Sección Cuarta de Oviedo, manifiesta que la carga de la prueba pertenece a la entidad proveedora del servicio (la entidad bancaria en este caso). Es por ello, que, no pudiendo probar que nuestra clienta hubiese hecho una utilización fraudulenta o gravemente imprudente de su tarjeta, la entidad debe devolver el total de las cantidades que le sustrajeron y los intereses de las mismas desde la fecha de cobro y se le impone además, el pago de las costas del procedimiento.
En los últimos meses han crecido las consultas relacionadas con este tipo de estafas. Si estás en un caso parecido no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Las entidades bancarias deben responder, pues son quienes proporcionan los medios de compra online que deben ser seguros para el usuario. Estudiaremos tu caso sin compromiso ni coste alguno.
Llámanos al 984 28 38 78 o bien envíanos un correo electrónico a info@alvarezdelinera.com.